
Cobro a extranjeros: qué puede cambiar en El Cruce y otros hospitales SAMIC del Conurbano Sur
La atención sanitaria para extranjeros no residentes cambió de reglas en los hospitales que dependen directamente de la Nación.
El Ministerio de Salud reglamentó un sistema que obliga a quienes no tengan residencia permanente en la Argentina a acreditar un seguro médico o pagar las prestaciones programadas. En el Conurbano, la medida alcanza de manera directa al Hospital Posadas, en El Palomar, y al Hospital Baldomero Sommer, en General Rodríguez. Para otros cuatro hospitales de gestión compartida, la aplicación deberá ser resuelta por sus propios consejos de administración.
La modificación fue establecida mediante la Resolución 1066/2026 y tiene una frontera que conviene aclarar desde el comienzo: ninguna emergencia puede quedar esperando detrás de una discusión migratoria o administrativa. Ante una situación que implique riesgo cierto e inmediato para la vida o las funciones vitales, primero se atiende al paciente. La documentación y, cuando corresponda, la facturación vienen después.
El cambio aparece en las prestaciones que pueden programarse. Un extranjero sin residencia permanente que cuente con seguro deberá acreditar su cobertura para que el establecimiento tramite el recupero de los costos. Si el seguro no cubre completamente la práctica, podrá cobrarse la diferencia. Quien no tenga cobertura deberá abonar previamente el valor total establecido por el nomenclador de la institución.
La condición relevante, por lo tanto, no es simplemente ser extranjero. Quienes tengan residencia permanente continuarán utilizando los establecimientos nacionales bajo las mismas condiciones que un ciudadano argentino. Para acreditarla deberán presentar un DNI vigente donde conste esa categoría migratoria.
En el oeste bonaerense aparecen los dos hospitales donde la aplicación es directa. El Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, ubicado en El Palomar, partido de Morón, constituye uno de los centros públicos de alta complejidad más importantes de la región y recibe pacientes derivados desde numerosos distritos del Gran Buenos Aires.
El segundo es el Hospital Nacional Dr. Baldomero Sommer, en General Rodríguez, sobre la Ruta Provincial 24. Además de atención general, posee servicios especializados vinculados con rehabilitación e infectología. Las consultas, estudios e intervenciones no urgentes que se realicen allí quedarán alcanzadas por el nuevo régimen cuando el paciente extranjero no pueda acreditar residencia permanente.
Emergencias, prestaciones programadas y hospitales SAMIC
La excepción sanitaria es amplia porque una emergencia no admite ventanilla previa. La normativa contempla cuadros como infartos, accidentes cerebrovasculares, paros cardiorrespiratorios, traumatismos graves, hemorragias masivas, sepsis, intoxicaciones y quemaduras extensas. También incluye emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.
Será el profesional interviniente quien determine clínicamente si existe una emergencia. Eso evita que la decisión quede en manos de un trámite administrativo. Superada la situación crítica, las prestaciones posteriores que ya puedan considerarse programables sí podrán ser facturadas al paciente no residente o a su aseguradora.
En el sur y sudoeste del Conurbano la situación tiene otra particularidad. Allí funcionan varios hospitales bajo el modelo SAMIC, organismos con administración compartida y autoridades propias. Por esa razón, la resolución nacional no implica que el mecanismo de cobro comience automáticamente en todos ellos.
El grupo incluye al Hospital El Cruce Dr. Néstor Kirchner, en Florencio Varela; al Hospital Cuenca Alta Néstor Kirchner, en Cañuelas; al Hospital SAMIC Presidente Néstor Kirchner, ubicado en Gregorio de Laferrere, La Matanza; y al Hospital de Alta Complejidad del Bicentenario, en Monte Grande, Esteban Echeverría. Cada consejo de administración deberá analizar el nuevo esquema y establecer, si decide aplicarlo, su procedimiento operativo.
Esa diferencia administrativa será importante para los pacientes. Mientras Posadas y Sommer dependen directamente del Estado nacional y quedan alcanzados por la reglamentación, en los SAMIC habrá que observar qué decisión adopta cada institución. No corresponde, por ahora, presentar el cobro allí como un hecho consumado.
La reforma introduce así una división bastante precisa. Emergencia, atención inmediata sin importar situación migratoria. Extranjero con residencia permanente, continuidad del acceso en igualdad de condiciones. Extranjero no residente que solicita una prestación programada en un hospital nacional, seguro médico o pago.
Para el Conurbano no es una modificación menor. Posadas, Sommer y los hospitales SAMIC forman parte de una red sanitaria que desborda permanentemente las fronteras municipales y recibe derivaciones de alta complejidad. Por eso, más allá de la discusión política sobre quién debe financiar la atención, la aplicación cotidiana tendrá que conseguir algo bastante menos declamativo y mucho más importante: que el hospital pueda cobrar cuando corresponda sin convertir una urgencia médica en una discusión frente a una ventanilla.



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